Artículo Disposición final terceraDisposición final tercera
Disposición final tercera.
La presente Ley entrará en vigor el 1 de enero de 1995.
Norma publicada: 26 de julio de 1994
Resumen del Artículo Disposición final tercera
Artículo Disposición final tercera del Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia. (codigo) — Disposición final tercera. La presente Ley entrará en vigor el 1 de enero de 1995.
Disposición final tercera.
La presente Ley entrará en vigor el 1 de enero de 1995.
Norma publicada: 26 de julio de 1994
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Disposición final tercera. La presente Ley entrará en vigor el 1 de enero de 1995.
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